www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000315

He comprado una lonja con la intención de que sea mi vivienda habitual y hago unas obras de rehabilitación con certificado del Gobierno Vasco que las acredita como obras protegidas, ¿son deducibles?



. Las obras de habilitación de locales como vivienda son deducibles siempre que la misma vaya a constituir vivienda habitual del contribuyente en los términos previstos en el artículo 67 del Reglamento del IRPF.

El contribuyente podrá practicar la deducción por inversión en vivienda habitual también sobre el importe correspondiente al valor de adquisición del local, en la medida que:

  1. a la fecha de finalización del período voluntario de declaración del Impuesto haya solicitado las licencias necesarias para ejecutar la obra; y
  2. se cumplan los requisitos previstos en la normativa del Impuesto para que la construcción de la vivienda se asimile a su adquisición.

A efectos de aplicar los beneficios fiscales correspondientes en el IRPF, será necesario que obtenga la oportuna calificación como vivienda conforme a las Ordenanzas municipales, así como el alta en el padrón municipal como vivienda y su inscripción como tal en el Registro de la Propiedad.

Enlaces

Más información


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail