Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000310
El contribuyente puede traspasar el saldo de la 1ª cuenta vivienda a otra de entidad bancaria distinta, pero mantendrá la fecha de apertura de la cuenta original, esto es, de la primera cuenta vivienda aperturada.
Es necesario que las cantidades depositadas en la cuenta vivienda que hayan generado derecho a la deducción se aporten íntegramente a otra cuenta de la misma o de otra entidad de crédito para no incumplir el requisito de disposición de las aportaciones a cuenta vivienda recogido en la normativa, que es el de adquisición y/o rehabilitación de vivienda habitual.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.