Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000284
Son deducibles los intereses satisfechos en el período impositivo por la utilización de capitales ajenos destinados a la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, incluidos los gastos originados por la financiación ajena que hayan corrido a cargo del contribuyente. Entonces, la comisión satisfecha como consecuencia de la amortización anticipada de un préstamo hipotecario aplicado a la adquisición de una vivienda habitual se puede incluir en el cálculo de la deducción a practicar.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.