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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000281

Se vende la vivienda habitual y desea acogerse a exención por reinversión en una vivienda en construcción. ¿Se entiende materializado el compromiso de reinversión desde que se firma el contrato privado de compraventa y se efectúa el primer pago, aunque la entrega del inmueble se produzca pasados más de 4 años desde la transmisión de la anterior vivienda habitual?



Siempre que se cumplan los requisitos establecidos para que las entregas de cantidades al promotor se asimilen a la adquisición de la vivienda, si se entrega la totalidad del importe obtenido en la venta de la anterior vivienda habitual en un plazo no superior a 2 años la reinversión efectuada dará lugar a la exención de la ganancia obtenida en la venta de la vivienda antigua. En el supuesto de que la reinversión en este plazo sea parcial, la exención será igualmente de carácter parcial.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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