Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000278
En el caso planteado el importe que se reinvierte en la nueva vivienda habitual es inferior al total de lo percibido en la transmisión de la antigua vivienda habitual, por lo que sólo cabría hacer reinversión parcial.
La Norma Foral del IRPF establece:
“Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.”
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.