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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000278

Un contribuyente vende su vivienda habitual por 150.000 € y adquiere una nueva por 90.500 €. ¿Puede acogerse a exención total de la ganancia patrimonial por reinversión en la nueva vivienda habitual?



En el caso planteado el importe que se reinvierte en la nueva vivienda habitual es inferior al total de lo percibido en la transmisión de la antigua vivienda habitual, por lo que sólo cabría hacer reinversión parcial.

La Norma Foral del IRPF establece:

“Cuando el importe reinvertido sea inferior al total de lo percibido en la transmisión, únicamente se excluirá de tributación la parte proporcional de la ganancia patrimonial obtenida que corresponda a la cantidad reinvertida.”

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Reinversión parcial


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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