Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000262
El precio de adquisición de una vivienda adjudicada judicialmente estará constituido por el precio de adjudicación del Juzgado, más el importe de la carga hipotecaria del anterior propietario a la que haya de hacerse frente, más gastos notariales, de registro…, todo ello a los efectos de aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual.
(Consulta Hacienda Foral Bizkaia de 02-02-04).
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.