Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000182
Sí. Las cesiones de bienes y derechos en sus distintas modalidades se presumirán retribuidas en el importe que resulte de la contabilidad del sujeto pasivo del impuesto.
En el caso de que por irregularidades en la contabilidad, ésta no represente la imagen fiel de la situación patrimonial del sujeto pasivo, tal retribución se computará por el valor normal de mercado, salvo prueba en contrario.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.