Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000169
Los requisitos para estar exento del pago del impuesto de matriculación son los siguientes:
Si vendiere el coche antes de los cuatro años deberá pagar el impuesto. En caso de adquirir otro vehículo deberá pagar todo el importe más los intereses de demora. En caso de no adquirir otro vehículo, pagará la parte proporcional del impuesto.
En caso de fallecimiento del discapacitado antes de pasar los 4 años y adquisición del bien por los herederos se mantiene la exención, salvo que estos herederos vendan el bien en cuyo caso se deberá liquidar el impuesto, tomando como base imponible el valor de tablas en esa fecha del vehículo.
Si el discapacitado adquiere otro vehículo antes del paso de 4 años deberá devolver la parte proporcional de exención por los años que le falte más los intereses de demora, y podrá aprovecharse de una nueva exención.
Impreso rellenable 05: Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte. Solicitud de no sujeción y exención.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.