Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000089
Es necesario hacerlo en escritura pública notarial.
Documentación que se ha de llevar a la Sección de Transmisiones:
Esta operación quedará gravada con el tipo impositivo del 0.5% de AJD y la base impositiva será el 100% del valor que se le haya otorgado al inmueble en las nuevas escrituras.
Sin embargo, según varias sentencias del Tribunal Supremo, en el caso de la extinción del condominio entre dos condóminos de un sólo bien, la base imponible no será el 100% del valor del bien que se extingue, sino que será el valor de la parte del bien que se adquiere ex novo.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.