www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000084

¿Qué porcentaje de retención se aplica a los profesionales?



  1. En general: Desde el 12 de julio de 2015: 15%
  2. Inicio de actividad (inicio y 2 años): Desde el 12 de julio de 2015: 7%

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail