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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000061

¿Quiénes están obligados a presentar todas las declaraciones y autoliquidaciones por Internet?



Normativa aplicable a ejercicios iniciados a partir del 1-01-21

La Disposición Adicional Única del DF 100/2020 establece la obligación de cumplir con las obligaciones tributarias y de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzasexclusivamente por medios telemáticos

A partir del 1 de enero de 2021, será obligatorio el cumplimiento de obligaciones tributarias de forma telemática, incluidas las formales, correspondientes a los impuestos cuyos periodos impositivos se inicien o devenguen a partir del 1 de enero de 2021. También será obligatorio por vía telemática las relaciones con el departamento de Hacienda y Finanzas, incluida la recepción de las notificaciones por dicha vía, resultará igualmente aplicable a las obligaciones generales de suministro de información correspondientes a las operaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2021.

Mediante Orden Foral del diputado foral de Hacienda y Finanzas se establecerá la relación de obligaciones tributarias que deberán cumplirse exclusivamente utilizando medios telemáticos, así como, en su caso, las condiciones de cumplimiento y las exclusiones relativas a las mismas.

Cuadro: Exoneración de la obligatoriedad de presentación telemática de determinados modelos tributarios.

Normativa aplicable a ejercicios anteriores al 1-01-21

Según establece la Orden Foral 342/2008, (BOB 11/02/2008), están obligados a presentar todas las declaraciones y autoliquidaciones, y a solicitar certificados que sean susceptibles de ser presentados o solicitados mediante el sistema BizkaiBai:

  1. Personas jurídicas, entidades y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, con independencia del número de trabajadores por cuenta ajena que empleen en su actividad: sociedades mercantiles, fundaciones, asociaciones, entidades docentes, entidades religiosas, Ayuntamientos, Mancomunidades, Consorcios y los demás entes públicos.
  2. Los profesionales que, realizando labores de asesoramiento fiscal, estén autorizados en el sistema BizkaiBai para actuar por vía telemática en nombre de terceras personas.
  3. Las personas físicas, comunidades de bienes y sociedades civiles con diez o más empleados por cuenta ajena.

En la presentación del modelo 303, además de los anteriores, estarán obligados a hacerlo de forma telemática los obligados tributarios que estén dados de alta en el Censo de Devoluciones Mensuales.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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