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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000051

¿Qué tipo impositivo se aplica en la compra-venta de un piso de 2ª mano de protección oficial?



Se liquida a través del modelo 600 y el tipo impositivo será del 4% o el 2,5% según los casos, sobre el precio máximo que estipule el Gobierno Vasco (no sobre el Valor Mínimo Atribuible), salvo que el adquirente en esa 2º transmisión haya sido designado por una Administración Pública, en cuyo caso tributará por IVA.

A partir del 1/1/2011

  • Tipo del 2,5%
  • Aplicable a la vivienda y anexos (misma finca registral) y hasta 2 garajes que estén en el mismo edificio, que se transmitan conjuntamente (en la misma escritura)

Requisitos:

  • Que no se haya aplicado anteriormente el 2,5% (en la misma o en otra vivienda), independientemente del % que adquirió.
  • Que vaya a ser vivienda habitual (criterios de IRPF).
  • Que la superficie construida de la vivienda no sea superior a 120 m2 con independencia del número de adquirentes.
  • En el caso de transmisión de viviendas unifamiliares:

    que la superficie construida no sea superior a 120 m2 y la de la parcela, incluida la ocupada por la edificación, no supere los 300 m2, con independencia del número de adquirentes.

    Se considerará vivienda unifamiliar aquélla que tiene entrada independiente, bien aislada, pareada, adosada o en hilera.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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