Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000039
El programa no controla los límites que deben considerarse para aplicar las deducciones con límite del 35% sobre la cuota líquida. Solamente controla que el importe total aplicado no supere el importe de la cuota sobre el que se pueden aplicar las deducciones.
Existe, además, una limitación en relación con la base imponible y la cuota efectiva: la tributación mínima. En el caso general, de acuerdo con el artículo 59 de la Norma Foral 11/2013, la aplicación de las deducciones, excepto a las correspondientes a I+D e innovación tecnológica, no puede dar lugar a que la cuota efectiva sea inferior al 15% de la base imponible. Por lo tanto, los dos límites operan conjuntamente.
A modo de ayuda para el usuario, en la pantalla de deducciones con límite se muestra un cuadro en el que se detallan los importes correspondientes a cada uno de los límites que pueden tener las distintas deducciones.
Tenemos también una casilla “Se aplica % tributación mínima artículo 59”, que el programa de ayuda marcará automáticamente cuando opere esta limitación.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.