Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000034
La dotación al Fondo de Educación y Promoción Cooperativa, que según la Ley de Cooperativas de Euskadi – en su redacción con efectos desde el 1/01/2009 - se denomina “Contribución para educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público”, es un gasto del ejercicio y no una aplicación del resultado. Por eso,
La casilla que recoge su importe no está en el apartado "Distribución de Resultados", sino que se incluye en la cuenta de pérdidas y ganancias dentro del concepto “Contribución para educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público”.
En el apartado "Correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias" no figura la disminución correspondiente al 100% de la dotación a la Contribución para educación y promoción cooperativa y otros fines de interés público, ya que dicho importe se ha contabilizado como gasto del periodo.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.