Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000026
Los borradores solicitados a través de la aplicación para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025, contendrá los datos de las participaciones de la entidad declarante en otras entidades que hubiesen sido consignados en la autoliquidación del periodo impositivo inmediatamente anterior.
No obstante, deberán completarse o modificarse los datos del borrador de acuerdo con la situación de la entidad en el periodo impositivo de la autoliquidación.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.