Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000004
Todas las entidades que sean sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades están obligadas a presentar declaración, con independencia de que desarrollen o no una actividad económica y de que obtengan ingresos. Por tanto, desde el momento en que se constituye la entidad existe obligación de presentar declaración, incluso aunque la constitución se produzca en diciembre y el ejercicio, según los propios estatutos, concluya el 31 de diciembre.
Por otra parte, se deberá presentar hasta el día en que desaparezca la entidad. En el caso concreto de las sociedades mercantiles esto se produce en la fecha del asiento de cancelación registral en el Registro Mercantil. Esa sería la fecha de final del último ejercicio que se deba presentar. Por tanto, debe presentarse declaración del impuesto sobre sociedades incluso durante el periodo de liquidación de la entidad.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.