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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900005349

¿Quién tiene que presentar el modelo 391 de IVA?



El modelo 391 - Liquidación final en el régimen simplificado del IVA lo presentan:

  • Empresarios o profesionales que ejerzan exclusivamente actividades incluidas en el régimen simplificado del IVA de conformidad con los artículos 122 y 123 de la Norma Foral IVA, salvo que renuncien al mismo.
  • Además, empresarios o profesionales que ejerzan actividades incluidas en el régimen simplificado del IVA y que tributen (también) en el régimen general por la actividad de arrendamientos de bienes inmuebles.

El régimen simplificado se aplicará a las personas físicas y a las entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF, que desarrollen las actividades y reúnan los requisitos previstos en las normas que lo regulen, salvo que renuncien a él en los términos del artículo 33 del Reglamento del IVA.

Plazo de presentación:

Deberán presentar el modelo 391 anual hasta el 31 de enero del año siguiente.

Forma de presentación:

Este modelo deberá presentarse de forma telemática (Decreto Foral 100/2020 de 24 de noviembre de la Diputación Foral de Bizkaia).

Más información

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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