Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002394
Para ingresar una deuda en IRPF, no se puede domiciliar la renta en una entidad financiera NO colaboradora.
Sin embargo, el IBI se puede domiciliar en cualquier entidad (sea colaboradora o no).
Domiciliar la renta en una entidad financiera no colaboradora
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.