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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900007014
Un residente en Francia transmite un inmueble situado en Bilbao el 30 de septiembre de 2026 por importe de 400.000 euros (el adquirente ingresa una retención del 3%), adquirido el 15 de marzo de 2019 por importe equivalente a 200.000 euros, además abonó en concepto de notaría, registro etc... un importe de 3.000 euros. La plusvalía municipal abonada por el transmitente asciende a 1.500 euros. Determinación de la ganancia sometida a tributación y la cuota.
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2026
- Valor de transmisión: 398.500 (400.000-1.500)
- Valor de adquisición: 203.000 (200.000 +3.000)
- Valor de adquisición con coeficiente de corrección (1,249 es el coeficiente que se aplica en 2026 respecto al 2019): 203.000x1,249=253.547
- Ganancia: 144.953 (398.500-253.547)
- Tipo de gravamen:19%
- Cuota íntegra:27.541,07
El adquirente está obligado a retener e ingresar (modelo 211) dentro del mes siguiente a la transmisión del inmueble un 3% de la contraprestación acordada, por lo que la retención será: 400.000 x 3% = 12.000.
Además el transmitente deberá presentar el modelo 210 teniendo en cuenta la retención efectuada e ingresada por el adquirente.
- Retención 12.000
- A ingresar: 15.541,07
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2025
Hasta el 31/12/2025 se aplicaba el cálculo en base a la legislación estatal y no se tenía en cuenta coeficiente de corrección monetaria
- Valor de transmisión: 398.500 (400.000-1.500)
- Valor de adquisición: 203.000 (200.000 +3.000)
- Ganancia: 195.500 (398.500-203.000)
- Tipo de gravamen:19%
- Cuota íntegra:37.145
El adquirente está obligado a retener e ingresar (modelo 211) dentro del mes siguiente a la transmisión del inmueble un 3% de la contraprestación acordada, por lo que la retención será: 400.000 x 3% = 12.000.
Además el transmitente deberá presentar el modelo 210 teniendo en cuenta la retención efectuada e ingresada por el adquirente.
- Retención 12.000
- A ingresar: 25.145
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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