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IRPF (Renta)
He cobrado una EPSV en forma de capital y la integraré en este ejercicio al 60%, ¿dentro de cinco años podré volverla a integrar al 50%?
Si rescato en un mismo ejercicio dos EPSV ¿puedo imputarme las dos al 60%?
Una persona es socia de dos EPSV de las que desea cobrar, por la misma contingencia, en forma de capital y en ejercicios distintos ¿puede aplicar el porcentaje de integración del 60 por 100 sobre la cantidad que perciba en forma de capital de la segunda EPSV, y no sobre la que obtenga de la primera?
Una persona solicita el rescate de una EPSV a finales de diciembre de 2025 pero no lo cobra hasta 2026. ¿En que ejercicio debe imputarse ese rescate o prestación?
¿Cómo se integran en la base imponible del Impuesto las prestaciones de EPSV, percibidas en forma de capital en un único ejercicio, como consecuencia de fallecimiento?
Las prestaciones recibidas por los beneficiarios de las EPSV o de Planes de Pensiones como consecuencia de la muerte del partícipe, ¿tributan por el IRPF o por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?
¿Cuándo se entiende producida la contingencia de jubilación?¿Cuál es la normativa aplicable?
Una persona percibe una prestación de un plan de pensiones en forma de capital por jubilación parcial a los 61 años. ¿Puede imputarse ese rescate al 60% y cuando se jubile definitivamente y rescate el resto, imputarse otra vez al 60%?
Una persona que ha accedido a la jubilación anticipadamente a los 60 años rescata en forma de capital parte de una EPSV ¿se puede imputar este rescate al 60% y cuando cumpla 65 años y rescate la otra parte también imputarlo al 60%?
¿Puede una persona de 64 años rescatar por baja voluntaria (10 años) y cuando cumpla 65 años rescatar por jubilación?¿Y si el rescate por 10 años es cuando tiene 66 años?
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