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Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano
El Plan Territorial Parcial de Bilbao Metropolitano es el documento legalmente previsto para establecer la estrategia territorial del ámbito metropolitano. En él se plantean las principales intervenciones en zonas residenciales e industriales, la ubicación y pertinencia de las principales infraestructuras, los ámbitos de suelo de potencial ocupación futura, la protección de zonas naturales, las estrategias de movilidad o la intervención en zonas degradadas, entre muchas otras.
En total el plan regula conjuntamente 35 municipios: Abanto-Zierbena, Alonsotegi, Arrankudiaga, Arrigorriaga, Barakaldo, Barrika, Basauri, Berango, Bilbao, Derio, Erandio, Etxebarri, Galdakao, Getxo, Gorliz, Larrabetzu, Leioa, Lemoiz, Lezama, Loiu, Muskiz, Ortuella, Plentzia, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sondika, Sopela, Trapagaran, Ugao-Miraballes, Urduliz, Zamudio, Zaratamo, Zeberio, Zierbena.
Pasados 10 años desde su aprobación en 2006, el Plan Territorial Parcial (PTP) de Bilbao Metropolitano necesita renovarse para responder a los cambios que se han producido en la última década, así como al actual escenario derivado de la nueva situación socioeconómica y de la ejecución de diversos planes y proyectos. Por ello, la Diputación Foral de Bizkaia impulsa la Revisión del PTP de Bilbao Metropolitano, que incorporará un proceso de participación pública.
En marzo de 2018 se presentó el Avance de la revisión, tras el cual se abrió un periodo de exposición pública de aproximadamente 4 meses de duración. En septiembre de 2018 se dio respuesta a las sugerencias presentadas.
En 2019 se presentará el documento de Aprobación Inicial.
Catálogo y Determinaciones del Paisaje
El Catálogo y Determinaciones del Paisaje es un documento de carácter descriptivo y prospectivo que abarca la totalidad del paisaje del Área Funcional de Bilbao Metropolitano. Su objeto es la protección, gestión y ordenación del Paisaje del Área Metropolitana de Bilbao. La formulación del Catálogo y Determinaciones del Paisaje se enmarca dentro de los instrumentos de Ordenación del Territorio.
Cabe destacar que por primera vez en el País Vasco, el Plan Territorial Parcial (PTP) y el Catálogo y Determinaciones de Paisaje del mismo Área Funcional, ambos instrumentos, se están redactando en paralelo y de forma coordinada. El objetivo final del proceso de redacción compaginado incluye introducir las Determinaciones en la propia revisión del PTP del Área Funcional de Bilbao Metropolitano.
El paisaje entendido como «cualquier parte del territorio tal como la percibe la población, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos», es una cuestión relevante en los ámbitos de la cultura, del medio ambiente, de lo social y de la economía, además de tratarse de «un componente fundamental del patrimonio natural y cultural europeo, que contribuye al bienestar de los seres humanos y a la consolidación de la identidad europea».
La redacción del Catálogo lleva asociado una serie de mecanismos de participación ciudadana para el contraste del trabajo técnico que se está elaborando y que permitirá incorporar la mirada, las necesidades, las aportaciones de agentes clave, profesionales del ámbito, instituciones, y ciudadanía.
Es el instrumento de ordenación que define la estrategia territorial en un ámbito denominado Área Funcional (A.F.), que abarca un conjunto de municipios con características diferentes. Concretamente, Bizkaia incluye 6 Áreas Funcionales.
En un PTP se determinan las principales pautas que ordenan un Área Funcional dando coherencia a las diferentes decisiones sectoriales y locales que se toman sobre él. Es un instrumento de coordinación que concreta lo definido en las DOT y en los PTS y que sirve de guía supramunicipal para la redacción de los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) que debe redactar cada municipio.
Todo ello se realiza dentro de una disciplina denominada Ordenación Territorial.
La Ordenación Territorial (OT) trata de ordenar la mejor localización de usos o actividades en un espacio físico que es el territorio, tomando en consideración las limitaciones naturales, humanas, económicas o estratégicas, así como las preexistencias.
La OT es esencialmente una función pública que se apoya en instrumentos jurídicos (leyes, decretos, normas), en prácticas administrativas y principios consolidados (planificación, participación, etc.) y en diferentes conocimientos científicos y aportaciones pluridisciplinares. Es sobre todo una disciplina al servicio de objetivos generales como el uso adecuado de los recursos, el desarrollo sostenible y el bienestar de las personas.
Tiene en común con el planeamiento urbanístico, que normalmente se ejecuta por las Administraciones Públicas, siendo las diferencias principales su carácter supramunicipal y su visión del territorio como un continuo. El ámbito de estudio es el conjunto de varios municipios, y en consecuencia, la escala de trabajo es mayor que la municipal. Ambos derivan de leyes distintas (Ley 4/90 de OT, Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo). Por otro lado, la OT no clasifica ni califica suelo como sí hacen los planes generales urbanísticos.
El objetivo principal del planeamiento territorial es el desarrollo socioeconómico equilibrado y sostenible mediante un uso racional del territorio. Los documentos recogen el Modelo Territorial que vincula básicamente al planeamiento de desarrollo.
Dicho objetivo se alcanza definiendo modelos de ordenación territorial específicos para los ámbitos planificados.
El Paisaje en la Ordenación territorial
El 21 de julio de 2009 el Gobierno Vasco acordó su adhesión al Convenio Europeo del Paisaje, aprobado por el Consejo de Europa el 20 de octubre de 2000. Dicha adhesión supone el compromiso de la Comunidad Autónoma del País Vasco de asumir los contenidos del Convenio Europeo del Paisaje y trasladarlos a sus ámbitos de responsabilidad.
Para ello, se promulgó el DECRETO 90/2014, de 3 de junio, sobre protección, gestión y ordenación del paisaje en la ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Uno de los compromisos que se derivan de la adhesión al mencionado Convenio es el de integrar el paisaje en las políticas de ordenación territorial, como parte complementaria de los Planes Territoriales de Ordenación. El paisaje se considera una dimensión fundamental del territorio y, por tanto, constituye una pieza clave en su ordenación.
Son los Planes Generales de cada uno de los municipios los que finalmente concretan las propuestas del PTP, clasifican y califican el suelo municipal y establecen los derechos y deberes urbanísticos. Los Planes Generales regulan el planeamiento urbanístico de los municipios, mientras que el PTP determina, planifica y promueve una Estrategia Territorial para el conjunto del Área Funcional. El PTP mantiene una visión global del territorio y compatibiliza los planeamientos urbanísticos que inciden en un único ámbito que pertenece a varios municipios.
Un PTP concreta y amplía lo definido en las DOT y en los PTS a la escala del Área Funcional. Entre otros, incide en los siguientes aspectos:
La Revisión se redacta por el Departamento de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio de la Diputación Foral de Bizkaia, más concretamente por la Sección de Ordenación Territorial de la Dirección General de Cohesión del Territorio. Se aprobará inicial y provisionalmente por la Diputación Foral de Bizkaia y su aprobación definitiva corresponde al Gobierno Vasco.
El PTP es el resultado final de multitud de aportaciones realizadas por otros departamentos, administraciones y por la ciudadanía, puesto que se trata de un documento de concertación y coordinación de multitud de iniciativas que confluyen en un mismo territorio.
»Transcripción
LURRALDE BIZIA. Piensa en el territorio que quieres. Participa en la Estrategia Territorial del Área Metropolitana de Bilbao.
Inoiz galdetu diozu zure buruari nola erabakitzen den zure hiriaren hazkundea? Edo zergatik babesten den naturagune jakin bat? Edo zer azpiegitura eta hornikuntza burutu behar diren eta zein tokitan?
Lurralde Plangintzak lurraldea antolatzen du, natura eta giza baliabideen zentzuzko antolamenduaren bitartez haren garapen iraunkor eta egonkorra bermatzen dituzten erabilera, jarduera eta egitasmorik onuragarrienak zehaztuz.
Se ordena a 3 escalas, el territorio de la CAPV con las Directrices de Ordenación Territorial (DOT), el de cada una de las Áreas Funcionales a través de los Planes Territoriales Parciales (PTP), y finalmente, cada término municipal mediante los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU).
El Plan Territorial de Bilbao Metropolitano establece una estrategia territorial para un área funcional de 35 municipios del entorno próximo a la ría del Nervión.
Onartua izan zenetik 10 urte igaro ondoren, Plana testuinguru legal, ekonomiko eta sozial berrira egokitu beharra dago.
Hori dela eta, Bizkaiko Foru Aldundiak, haren berrikuspena sustatuz, herritarrentzako parte-hartze prozesua abiatu du.
(Intervención Vicente Reyes)
"El proceso de revisión del plan territorial parcial pretende involucrar en la reflexión a los agentes institucionales, sociales, económicos y ambientales del territorio, así como a las personas que viven y trabajan en él."
"El proceso de participación recoge aportaciones e ideas respecto a la organización del territorio, a incluir en un plan que influirá en la ordenación socio-económico y medioambiental de Bilbao Metropolitano."
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