Tal y como se recoge en el apartado 6.4.3.3. c) del PCAP, el precio unitario (I.V.A. excluido) de los productos a ofertar llevarán incluido todos los cánones, tasas, e impuestos, a excepción del I.V.A correspondiente. Por tanto, aquellos productos sujetos a la aplicación del R.A.E.E, llevarán incorporada dicha tasa. En el apartado G.2. Criterios no cuantificables automáticamente, punto 4. Plan de gestión, se ha apreciado que la numeración de los apartados es incorrecta, y la correcta es: • 4.1. Organización de la empresa. • 4.2. Asistencia técnica para adquisición de productos. • 4.3. Entrega periódica de informes de seguimiento del contrato. • 4.4. Realización de cálculos luminotécnicos.