Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de servicios ofrece un centro de día?

  • La presencia permanente de personal cuidador durante las horas de apertura.
  • La prestación, en su caso, de servicio médico y de enfermería.
  • El apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales que prestan una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social de la persona usuaria.

En la medida de lo posible, las personas ingresarán en el centro de día que se adecúe a su perfil y que se encuentre próximo a su domicilio.

¿Puedo acudir a un centro de día que no esté ubicado cerca de mi domicilio?

Sí. Excepcionalmente, cuando las circunstancias familiares y personales de la persona usuaria así lo aconsejen.

¿Puedo acudir a un centro de día aunque no haya cumplido 60 años?

Sí, siempre que se tenga reconocida la situación de dependencia y se tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en un centro de día.

¿Existe un orden de prioridad para ingresar en un centro de día de la red foral?

Sí. A las personas beneficiarias se les asignará plaza de acuerdo con siguiente orden de prioridad:

  1. Ingresos por necesidades personales apremiantes apreciadas por la unidad administrativa competente.
  2. Reagrupamientos.
  3. Traslados.
  4. Grado de dependencia.
  5. A igual grado, menor capacidad económica de la persona solicitante.

¿Es compatible acceder a una plaza de un centro de día con la PECEF (Prestación económica para cuidados en el entorno familiar)?

Sí, es compatible el servicio con la prestación, pero la cuantía de la PECEF se reducirá en un 50% para el servicio de centro de día de lunes a viernes, o un 20% si el servicio de centro de día es de fin de semana.

¿Quiénes forman parte de la unidad de convivencia cuando se calcula el precio público?

El cónyuge o pareja de hecho y siempre que convivan con la persona titular del servicio, los hijos e hijas discapacitadas así como los hijos e hijas no dependientes menores de edad, o hasta los 28 años, inclusive, que estén en paro o estudiando.

¿Puedo escoger la hora de entrada al centro de día o estar menos horas?

No, en un centro de día de la red pública foral hay que ajustarse al horario del centro.

¿Puedo pedir un traslado a otro centro de día?

Sí, pero los traslados no podrán autorizarse hasta que transcurra el periodo de adaptación, salvo por razones debidamente justificadas. Una vez realizado el traslado a solicitud de la persona interesada, no podrá autorizarse un nuevo traslado hasta que transcurra 1 año desde el anterior, salvo razones debidamente justificadas.

¿Puedo ausentarme del centro de día?

Sí. En el caso de ausencia voluntaria, se reserva la plaza siempre que la ausencia no supere los 60 días por año natural, para la modalidad de lunes a viernes y 20 días por año natural en la modalidad de sábado y domingo. En caso de internamiento en algún centro hospitalario o similar, se reserva la plaza mientras dure el internamiento. Durante la ausencia, se deberá abonar la reserva de plaza en su totalidad.

¿Puedo obtener una prestación económica para un centro de día privado mientras espero la ayuda económica individual para ingresar en el centro de día?

Sí, en los términos que establezca la normativa que regule la prestación.

¿Puedo solicitar una copia de la Orden Foral en la que se recoge el servicio de centro de día?

Sí, se puede solicitar una copia llamando al teléfono de información ciudadana 94 406 6000.