EMPLEO Y CONTRATACIÓN NORMATIVA Y LEGISLACIÓN DEPORTIVA

13 DE FEBRERO DE 2025

Efectos del SMI sobre el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios

Tras la decisión adoptada por el Gobierno en lo relativo al incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025 y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Asociación Española de Empresarios de Servicios Deportivos (AEESDAP) publica la tabla actualizada de salarios para el cálculo de costes laborales en base al V Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios (CCEIDG).

Como puede apreciarse, la subida del 4,41% sobre el SMI de 2024 (15.876,00€ con carácter anual) supone un nuevo suelo salarial de 16.576,00€/año (retroactivo a 1 de enero de 2025), superior a lo establecido en las tablas actuales del convenio para 2025 en lo relativo a las categorías 4.1, 4.2 y 5. Por ello, a efectos de cálculos de costes laborales, se debe tener en cuenta lo siguiente: 

AEESDAP recuerda que el plus de transporte, de obligada consideración en virtud de lo establecido en el art. 37 del CCEIDG, se aplica por día de trabajo independientemente del número de horas que implique dicha jornada, es decir, no se puede aplicar por horas. Del mismo modo y, en virtud de lo establecido en la sentencia Sentencia Social 495/2024 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 76/2022 de 20 de marzo del 2024 el plus de transporte se considera de naturaleza extrasalarial y por tanto no es compensable ni absorbible.

Noticia completa en www.gymfactory.net

Volver a los resultados de la búqueda

No te pierdas ninguna novedad

Mantente al día de todas las novedades y proyectos relacionados con el mundo del deporte. Podrás elegir tus preferencias para ajustarnos a tus necesidades.

SUSCRÍBETE A LA NEWSLETTER