ATENCIÓN TEMPRANA

Es un conjunto de acciones coordinadas de carácter global e interdisciplinar, encaminadas a dar respuesta a las necesidades de niños y niñas de 0 a 6 años que presentan trastornos en su desarrollo o riesgo de padecerlos, y también a su familia y a su entorno.

Comprenderá por tanto las acciones realizadas tanto desde los servicios sociales como desde el sistema de salud y el educativo.

Consulta el Directorio de centros y el Listado de centros concertados

Servicio para niños y niñas de 0 a 6 años con dificultades o riesgos en su desarrollo

Qué es y a quién va destinada

La Atención Temprana es el conjunto de intervenciones, dirigidas a niños y niñas de 0 a 6 años que presentan trastornos o riesgo de padecerlos en su desarrollo, a sus familias y a su entorno, desde una perspectiva sanitaria, educativa y social, con el objetivo de cubrir, lo más pronto posible y con carácter integral sus necesidades transitorias o permanentes.

Los niños y niñas con trastornos en el desarrollo presentan desviaciones en el desarrollo por causa de situaciones de salud o de relación que comprometen su evolución biológica, psicológica y social. Las alteraciones o trastornos pueden ser de tipo cognitivo, motriz, sensorial, emocional, conductual, del lenguaje, generalizados, de expresión somática, o retrasos madurativos.

Son niños y niñas en situación de riesgo de padecer trastornos en el desarrollo los siguientes:

  1. Los niños y niñas en situación de riesgo biológico, que han sufrido situaciones que podrían alterar su proceso madurativo, como la prematuridad, el bajo peso o la anoxia al nacer, o quienes presentan enfermedades congénitas o adquiridas, o alteraciones genéticas.
  2. Los niños y niñas en situación de riesgo psicosocial, que viven en unas condiciones sociales poco favorecedoras, como la falta de cuidados o de interacciones adecuadas con sus progenitores y familia, el maltrato, el abuso, situaciones todas ellas que pueden alterar su proceso madurativo.

El acceso a este servicio será gratuito.

Objetivos específicos

  1. Evitar o reducir la aparición de una deficiencia o déficit secundarios o asociados a un trastorno o situación de alto riesgo.
  2. Reducir los efectos de una deficiencia o déficit sobre la niña o el niño.
  3. Optimizar el desarrollo del niño o de la niña.
  4. Introducir los mecanismos necesarios de compensación, eliminación de barreras y adaptación a las necesidades específicas.
  5. Atender y cubrir las necesidades y demandas de la familia y el entorno en el que vive el niño o la niña, tanto en el entorno humano –familia y otras personas cuidadoras habituales así como personal profesional–, como físico –domicilio familiar/institucional, escuela, centro de salud, medio hospitalario, servicios sociales, espacio público–.

Requisitos de acceso a la intervención

  1. Tener entre 0 y 6 años.
  2. Estar empadronada a la fecha de la solicitud en el Territorio Histórico de Bizkaia.
  3. Tener diagnosticado un trastorno físico, psíquico o sensorial, en el desarrollo, o presentar riesgo de padecerlo por prematuridad, alteraciones congénitas, factores psico-sociales u otras causas.
  4. Precisar servicios de Intervención Social en Atención Temprana de acuerdo con la valoración realizada por el EVAT -Equipo de Valoración en Atención Temprana- del Territorio Histórico de Bizkaia.

Solicitud

Se solicitará por parte de los padres y/o las madres o, en su caso, por las personas representantes legales del niño o la niña.

La solicitud deberá cumplimentarse según el modelo normalizado y podrá presentarse:

  1. En cualquiera de los registros de Diputación Foral de Bizkaia así como en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  2. En los servicios de atención a la infancia del Sistema Vasco de Salud.
  3. En los centros de Educación Infantil y Primaria y los Berritzegunes.
  4. En los Servicios Sociales de Base.
  5. En las escuelas infantiles dependientes del Consorcio Haurreskolak, así como las de carácter municipal.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Certificado actualizado de empadronamiento familiar.
  2. Fotocopia del DNI, del libro de familia completo o de inscripción en el registro del niño o la niña.
  3. Fotocopia del DNI del padre, la madre o de la persona representante legal.
  4. Cuando sea derivado de los sistemas de salud, educación u otros servicios sociales implicados, el formulario de derivación.
  5. Informes técnicos significativos para el objeto de la valoración en Atención Temprana, sin perjuicio de adjuntar informes complementarios (médicos, sociales, psicológicos, pedagógicos) en la primera cita.

Normativa e Impresos

El EVAT -Equipo de Valoración en Atención Temprana-, es el órgano formado por personas profesionales expertas del sistema de salud, del sistema educativo y del sistema de servicios sociales que trabajan coordinadamente en la valoración de los casos y la elaboración de las propuestas técnicas. Le corresponde, entre otras funciones, reunir la información relevante del caso, valorar las necesidades de los niños o niñas y sus familias y elaborar el Plan de atención personalizada.

Dentro del EVAT, se designará una persona coordinadora de la atención que recibe cada niño o niña y su familia, y será la persona de referencia tanto para la familia como para la persona coordinadora del Equipo de Intervención en Atención Temprana que realice la atención.

Con la resolución de concesión del servicio social de atención temprana se adjuntará el Plan de intervención social en la Atención temprana que el Equipo de Intervención en Atención Temprana deberá aplicar en el Centro de desarrollo Infantil y Atención Temprana que se elija de entre los que oferten esos tratamientos dentro de los concertados por Diputación Foral de Bizkaia.

En estos centros, los Equipos de Intervención en Atención Temprana (EIAT), se dedican a la prestación de la atención terapéutica interdisciplinar al niño o niña, a su familia y a su entorno.

Cada EIAT estará integrado por personas profesionales del ámbito biopsicosocial, y ofrecerá servicios de psicomotricidad, psicoterapia, fisioterapia, logopedia, trabajo social, psicopedagogía, psicología, terapia ocupacional, educación social y otros que puedan ser considerados adecuados para el desarrollo del niño o niña.

Una vez concedido el servicio social de atención temprana y aprobado el Plan de intervención social, podrá elegir el Centro de Desarrollo Infantil y Atención Temprana concertado por Diputación Foral de Bizkaia que oferte las áreas de desarrollo que precisa.

Consulta el Directorio de centros y el Listado de centros concertados en el siguiente enlace

Serán causas de finalización de la prestación del servicio de intervención en Atención Temprana las siguientes:

  1. Cumplimiento de los objetivos establecidos en el plan de atención personalizada.
  2. Voluntad expresa de los padres y las madres o representantes legales.
  3. Cumplir 6 años.
  4. Incumplimiento de las normas establecidas para una correcta prestación del servicio.
  1. Se realiza una solicitud

    ¿Qué documentación es necesaria?

    Certificado de empadronamiento, fotocopias DNI y Libro de Familia. Detalle

    ¿Dónde se presenta?

    En las Oficinas de la Diputación Foral, a través de la web www.bizkaia.eus, en servicios sociales de base municipales, a través de Osakidetza y/o Educación.

  2. Se concreta una cita con el niño o niña.
  3. La Diputación Foral hace una valoración de necesidades del niño o niña en coordinación con Salud (Osakidetza) y Educación, que constituyen el Equipo de Valoración de Atención Temprana (EVAT).
  4. Se facilitará el Plan de Intervención (si es necesario intervenir desde los servicios sociales) así como listado de Centros de Desarrollo Infantil donde puede acudir.
    • La familia puede elegir el centro de desarrollo infantil.
    • La atención temprana comprendida en el Plan de Intervención será gratuita.
    • Cada niño o niña tendrá asignada una persona coordinadora.
  5. Se realizará un seguimiento de la evolución del niño o niña en el EVAT (Diputación, Osakidetza y Educación) en coordinación con el Equipo de Intervención (EIAT).

    Se establecerán contactos periódicos con las familias en sesiones informativas y formativas (GURASO ESKOLA).

  6. Finalización del servicio:

    Se finalizará por mejoría, recibir atención necesaria desde otros ámbitos (Salud y Educación), voluntad de la familia o al cumplir 6 años.
    Se facilitará la transición y atención por otros sistemas.